Estudios Sociales Sobre Derecho y Pena

Resocialización, cárcel-depósito e intervención a pesar de la prisión

Tensiones y reconfiguraciones del tratamiento penitenciario en la ciudad de Santa Fe

María Florencia Zuzulich1

Recibido: 21 de septiembre de 2022

Aceptado: 24 de febrero de 2023

Resumen

Este trabajo se enfoca en analizar las prácticas de tratamiento penitenciario en la cárcel de varones de la ciudad de Santa Fe durante 2019, con un enfoque en los Equipos de Acompañamiento para la Reintegración Social y del Organismo Técnico Criminológico en tanto “ensamble de discursos y prácticas” (Sozzo, 2007) que configura un modelo carcelario específico. Esto se aborda desde la voz de sus integrantes, a través de una reconstrucción de las tareas que desarrollaban, de las características organizacionales de su trabajo y la descripción que hacían tanto sobre sus objetivos como sobre sus desafíos laborales. Como aspecto central, consideramos que el contexto de reforma progresista de las políticas penitenciarias que se desarrolló en la provincia de Santa Fe entre 2008-2011, impactó particularmente en este grupo laboral, lo que dejó fuertes huellas en la configuración de las intervenciones profesionales de estos equipos. Sin embargo, la reforma como proyecto de gobierno en la actualidad se ha desvanecido a partir de una serie de cambios que ha ido desarticulando aspectos centrales a ella. Estos cambios trajeron reconfiguraciones en torno a las tareas de asistencia y de evaluación sobre “la progresividad de la pena”, lo cual construyó en los equipos referidos, posiciones críticas por un lado y adhesiones por el otro. Ellas serán abordadas en este trabajo. A los fines de esta investigación retomamos los aportes sobre “intervención en lo social”, de Matus (2003) y las consideraciones respecto de un abordaje “interdisciplinar” en la cárcel desde los aportes de Follari (2013), Morin (1995) y Stolkiner (1999). El trabajo se centró en un enfoque cualitativo, a partir del cual se realizaron ocho entrevistas en profundidad a las integrantes de los equipos referidos de distintas disciplinas: Trabajo Social, Psicología y Terapia Ocupacional.

palabras clave: tratamiento penitenciario; intervención social en cárceles; profesionales.

Abstract

This work focuses on analyzing the practices of penitentiary treatment in the men’s prison of the city of Santa Fe during 2019, focusing on the Accompaniment Teams for Social Reintegration and the Criminological Technical Agency as an “assembly of discourses and practices” (Sozzo, 2007) that configures a specific prison model. This is approached from the voice of its members, making a reconstruction of the tasks they carried out, the organizational characteristics of their work and the description they made of their objectives and their work challenges. As a central aspect, we consider the context of progressive reform of prison policies took place in the province of Santa Fe between 2008-2011 had a particular impact on this labor group, leaving strong traces in the configuration of the professional interventions of these teams. However, the reform as a government project has currently faded as a result of a series of changes that have been disarticulating central aspects of it. These changes brought reconfigurations around the tasks of assistance and evaluation on “the progressiveness of the sentence”, which built in the referred teams, critical positions on the one hand and adhesions on the other. They will be addressed in this work. For the purposes of this research, we return to the contributions on “social intervention” by Matus (2003) and the considerations regarding an “interdisciplinary” approach in prison from the contributions of Follari (2013), Morin (1995) and Stolkiner. (1999). The work focused on a qualitative approach, from which eight in-depth interviews were conducted with the members of the referred teams from different disciplines: Social Work, Psychology and Occupational Therapy.

keywords: prison treatment; social intervention in prisons; professionals.

1. Introducción

Este trabajo forma parte de un proyecto de investigación más amplio, en el cual se indagaron distintas dimensiones referidas al trabajo de los equipos profesionales del Servicio Penitenciario en la Ciudad de Santa Fe.2 Aquí presentamos un enfoque centrado en el análisis sobre la intervención profesional de los grupos que se abocaban al “tratamiento penitenciario” en la cárcel de varones de la ciudad de Santa Fe durante 2019, es decir de los Equipos de Acompañamiento para la Reintegración Social (EARS) y del Organismo Técnico Criminológico (OTC). Esto se aborda desde la voz de sus integrantes, desde una reconstrucción de las tareas que desarrollaban, de las características organizacionales de su trabajo y tomando la descripción que hacían tanto sobre sus objetivos como sobre sus desafíos laborales.

En los estudios sociales sobre las cárceles en nuestro país hemos podido reconocer una tensión entre dos modelos de cárceles que dan lugar a una “economía mixta del castigo” constituida por un modelo/proyecto “correccional” que pretende la corrección del individuo, por una parte; y un modelo de prisión depósito/quieta/incapacitante (Sozzo, 2007; Gual, 2017), que abandona el ideal transformador y se aboca prioritariamente a sostener una cárcel quieta. Estos dos aspectos, en principio y en apariencia contrapuestos, conviven y articulan una forma específica del encierro.

En el trabajo de investigación realizado por Sozzo (2007) sobre las cárceles federales y santafesinas, se podían identificar diversos síntomas que propiciaban un desbalance entre estos modelos hacia los rasgos de una prisión-depósito, y a los equipos profesionales en las cárceles como parte del “ensamble de discursos y prácticas” , que constituían al tratamiento penitenciario. En particular, en relación a estos grupos se establecía el señalamiento, desde la sociología del castigo, de la presencia de una gran fuerza del proyecto resocializador en los grupos profesionales.

En este trabajo, partimos de considerar como aspecto central el impacto del contexto de reforma de las políticas penitenciarias que se desarrolló en la provincia de Santa Fe entre 2008 y 2011, el cual buscaba salir de la tensión de esta economía mixta del castigo, propiciando una intervención en las cárceles a pesar de la prisión, desde la perspectiva de la reducción de los dolores que genera el encarcelamiento. Esta perspectiva impactó particularmente en el grupo laboral de profesionales, dejando fuertes huellas en la configuración de sus intervenciones profesionales, así como también en la configuración de las relaciones de poder y del orden carcelario.

Sin embargo, la reforma como proyecto de gobierno no ha permanecido, sino que, al contrario, podemos ver que ha perdido peso a través de una serie de cambios que se desarrolló en un sentido contrapuesto a la misma, el cual ha sido particularmente profundizado desde 2016 al presente. En relación a los equipos profesionales, estos cambios trajeron reconfiguraciones en torno a las tareas de tratamiento penitenciario, lo que configuró una división en las actividades de tratamiento. Por un lado, la asistencia y por otro una evaluación respecto de “la progresividad de la pena”, lo cual construyó en las integrantes de los equipos posiciones críticas por un lado y adhesiones por el otro, las cuales serán abordadas en este trabajo.

Por ello mismo se coloca como punto de interés la transformación de sus miradas a partir de “políticas penitenciarias progresistas” (Documento Básico, 2008) y cuestiones referidas a la desarticulación de la misma, a partir de lo cual nos interrogamos respecto de la vigencia y/o transformación de sus perspectivas.

Durante el trabajo de campo en el servicio penitenciario santafesino, el Organismo Técnico Criminológico fue el equipo responsable del proceso de elaboración de Informes Técnicos Criminológicos, los cuales eran el elemento central para el sistema de progresividad en la ejecución de la pena privativa de la libertad. Por su parte, los Equipos de Acompañamiento para la Reintegración Social que trabajaban al interior de cada cárcel, al momento del trabajo de campo tenían asignadas tareas de “asistencia y acompañamiento” y recientemente habían sido desplazados de la función de elaboración de los Informes Técnicos Criminológicos, a partir de la reconstitución del OTC a finales de 2017.

A los fines de esta investigación resulta de interés analizar las formas que asume este “ensamble de discursos y prácticas” (Sozzo, 2007), a partir del cual nos detendremos a analizar la intervención profesional de los EARS y del OTC, tomando como relevantes los recorridos laborales de las integrantes de los equipos, la descripción que realizan sobre la configuración organizativa de los equipos y las miradas que estos grupos sostienen sobre la “intervención en lo social”, en términos de Matus (2003), las consideraciones respecto de un abordaje “interdisciplinar” en la cárcel (Follari, 2013), la mirada sobre la configuración del procedimiento de la progresividad de la pena y los criterios de evaluación a los que recurren y/o sobre los que construyen sus posicionamientos profesionales. Todo ello, será considerado en razón de interrogarnos sobre los cambios atravesados en el ámbito de la cárcel de varones de la ciudad de Santa Fe, teniendo en cuenta las tensiones existentes desde la economía mixta del castigo, entre un proyecto correccional y una cárcel depósito, que atraviesa a las cárceles de la provincia.

Los resultados que presentamos a continuación son el fruto de un trabajo de investigación cualitativo que incluyó la realización de entrevistas en profundidad a cinco integrantes del EARS (sobre un total de 18), que se desempeñaban en la Unidad Penitenciaria N° 2 (UP 2) y a tres integrantes del OTC (sobre un total de 23). Todas las entrevistadas pertenecían a las disciplinas de Trabajo Social, Psicología y Terapia Ocupacional.

La inserción al campo de investigación se realizó en el marco de diversas actividades de extensión que sostiene la Universidad Nacional del Litoral, en las cárceles del centro-norte de la Provincia de Santa Fe a través del Programa Delito y Sociedad. Esta relación institucional histórica constituyó el vínculo promotor de las relaciones posteriormente construidas con los equipos profesionales para el desarrollo de la investigación, a partir de la coordinación de actividades en cárceles que se promovieron desde la universidad y se articulaban con los EARS. En particular, mi participación en las distintas propuestas fue primero como voluntaria en actividades de extensión durante 2017 y 2018 y luego como coordinadora de las Aulas Universitarias del Programa de Educación Universitaria en Prisiones en la cárcel de varones y de mujeres de la ciudad de Santa Fe desde 2019 en adelante.

2. Una gramática teórica para analizar el ensamble del tratamiento penitenciario en cárceles

Para construir un abordaje conceptual que permita dar sentido a los elementos surgidos del trabajo de campo recuperamos distintas perspectivas. Estas las entendemos como una gramática, esto es, como herramientas para construir un modo específico de narrar y observar la configuración del “ensamble de discursos y prácticas” que dan forma al tratamiento penitenciario en la cárcel de varones de la ciudad de Santa Fe.

Tomamos la categoría de “intervención en lo social” (Matus, 2003) a los fines de reconstruir lo que se presenta como el escenario social sobre el que se interviene en la cárcel. Al respecto, la autora plantea que “toda intervención social hoy se basa en los mecanismos de una comprensión compleja y diferenciada de lo social. Es decir, no hay intervención efectiva sin una búsqueda rigurosa de una constelación explicativa que la configure” (Matus, 2003: 56). Es decir que, con la intención de posar la vista sobre las manifestaciones contemporáneas de la cuestión social, podemos pensar a esa constelación explicativa como el conjunto de elementos que las profesionales ponen en acción a la hora de organizar y describir sus intervenciones y las formas que encuentran de definir las características constitutivas del campo sobre el que intervienen. Ello también significa pensar y reflexionar sobre qué se interviene, para qué, cómo y con quiénes, a modo de comprender los múltiples factores que inciden en las significaciones y enfoques que hacen a lo social y a la intervención con sus delimitaciones y orientaciones.

Al mismo tiempo, se retoman aportes de Stolkiner (1999), Follari (2013) y Morin (1995) sobre interdisciplinariedad, que permiten pensar en clave de procesos y movimientos. En términos de Morin “la interdisciplinariedad puede significar pura y simplemente que diferentes disciplinas se sientan en una misma mesa, en una misma asamblea [...]. Pero interdisciplinariedad puede también querer decir intercambio y cooperación” (1992, p. 15), en esta concepción hay condiciones indispensables para el ejercicio interdisciplinario, pero, además, desde el planteo de Follari (2013, p. 123), se puede agregar que:

lo interdisciplinar es una construcción, implica un complejo proceso de constitución y configuración que exige a disciplinas que se han mantenido históricamente diferenciadas, hacerse capaces de sintetizar aspectos determinados de sus teorías, métodos y desarrollos en general, consiguiendo así una integración mutua en relación a propósitos prefijados (no, por cierto, cualquier integración que pudiera concebirse sino una determinada, acorde con ciertos fines cada vez preestablecidos).

Por tanto, podríamos delimitar que además de cooperación e integración como principios básicos de un ejercicio interdisciplinario, se requiere de “propósitos prefijados”, lo que es un paso previo para que se organice un espacio interdisciplinar. Desde la perspectiva que desarrolla Stolkiner (1999, p. 1), a esto se le suma que:

La construcción conceptual común del problema que implica un abordaje interdisciplinario, supone un marco de representaciones común entre disciplinas y una cuidadosa delimitación de los distintos niveles de análisis del mismo y su interacción. Para que pueda funcionar como tal, un equipo asistencial interdisciplinario requiere la inclusión programada, dentro de las actividades, de los dispositivos necesarios.

Por eso mismo, se reafirma que la apuesta por los abordajes interdisciplinarios no pueden ser esperados como un devenir de la práctica profesional en sí mismo, si no que requieren de múltiples pactos, momentos y voluntades decisivas en el ejercicio laboral profesional que den lugar a construcciones conceptuales comunes para abordar problemas, ya que además, es necesario un proceso que se nutra constantemente de las construcciones de objetivos y de las múltiples integraciones que se van realizando en pos de que la interdisciplina pueda ser posible y establecerse en un campo determinado.

Los aportes teóricos sobre interdisciplina nos permiten observar las configuraciones y fragilidades de los circuitos que establece la intervención profesional del tratamiento penitenciario en la cárcel estudiada. Ello nos permite establecer una mirada sobre los límites y posibilidades de abordajes que contengan una mirada integral sobre las condiciones de encierro, sobre las personas privadas de su libertad y sobre las expectativas y objetivos de sus discursos y prácticas en contexto de encierro.

3. Recorridos profesionales en cárceles

Las integrantes del EARS y del OTC que fueron entrevistadas tenían una vasta trayectoria y una variada experiencia laboral en el Servicio Penitenciario. Sus recorridos laborales daban cuenta de diversas experiencias en las que contaban con una antigüedad entre nueve y dieciséis años en las cárceles santafesinas. Entre los destinos laborales preexistentes a la Unidad Penitenciaria N° 2 o al OTC, mencionaron haber trabajado principalmente en los EARS de distintas cárceles: dos de ellas habían pasado por la cárcel de varones de Coronda, una por la Colonia Penal de Recreo –una unidad pequeña que alojaba treinta personas aproximadamente con carácter semiabierto–, dos de ellas habían estado en la cárcel de mujeres de Santa Fe –mucho más pequeña y con características de encierro distintas–, otra de ellas había estado en una Casa de preegreso –donde se trabajaba en el momento de las salidas en clave de acompañamiento–. Otras habían tenido inserciones transitorias en el OTC, en la Dirección General del Servicio Penitenciario3 y en la Escuela Penitenciaria –donde se realiza la formación de ingreso del Escalafón Cuerpo General–.

Estas trayectorias daban cuenta de un recorrido amplio por distintos sectores del Servicio Penitenciario, lo cual permitía a las mismas contar en su haber con variadas experiencias de trabajo relacionadas al contexto de encierro en el marco de lo penal y un acercamiento desde distintas aristas al funcionamiento del Servicio Penitenciario de la Provincia. La antigüedad que poseían las entrevistadas, nos permitió reconocer que habían sido parte del contexto en el que se produjeron diversas iniciativas referidas a una reforma penitenciaria progresista y que sus circuitos laborales estuvieron circunscritos a las cárceles del centro de la Provincia de Santa Fe.

En las perspectivas surgidas de su trayectoria reconocían diferencias entre las cárceles que habían transitado, así como diferentes momentos político institucionales, aunque también situaciones que son constantes del campo en el que trabajaban. Estos elementos, elaboraban un escenario propio desde las perspectivas de las entrevistadas sobre la Unidad Penitenciaria N°2 –en relación a otras–, como una cárcel grande, con muchos detenidos y pocas actividades laborales, educativas y/o culturales, con profesionales con rotaciones constantes e insertos en la atención de un número altísimo de demandas, con un trabajo enmarcado en una dinámica de lo urgente, con la complejidad de encontrarse situadas en una institución a la cual describían de forma crítica como patriarcal y verticalista –lo que suponía una situación de desventaja para ellas mismas–. Destacaron encontrarse desde un lugar, como sector profesional, desvalorizado en la práctica cotidiana, en términos de la distribución de recursos para el sostenimiento y mejoramiento de las condiciones del ámbito laboral y por encontrarse en un proceso de desplazamiento de las áreas de decisión.4

Esta descripción que hacían de su ámbito de trabajo, desde el reconocimiento de un conjunto de características en las que compartían un mismo lugar o una misma posición, se sumaba a los elementos que las colocaba en una posición común y abonaba a la noción de sector, como ya han referenciado otros estudios que se han acercado al tema (Mouzo, 2010, 2014; Narciso, 2017; Arce, 2018; Varela, 2019), y constituía una identidad diferenciada de las/los trabajadores abocados a tareas de seguridad y vigilancia. Ahora bien, dicha identidad no se trataba de un espacio armonioso ni homogéneo, sino que contenía en su interior múltiples perspectivas sobre lo que debe hacer o lo que no debe hacer un/a profesional en la cárcel, y estas valoraciones se encontraban atravesadas por miradas en confrontación. Sobre ello apuntaremos en los próximos apartados.

4. Especificidad profesional y vaivén en la interdisciplina: el tratamiento penitenciario de los Equipos de Acompañamiento para la Reintegración Social

4.1. El grupo y las áreas disciplinares

Las entrevistadas del sector profesional integradas en los EARS hacían una descripción de la organización de su trabajo en un doble sentido. Por un lado, se enmarcaban a sí mismas en lo que realizaban de modo conjunto entre las tres disciplinas como parte del grupo de trabajo y, por otro lado, se reconocían como correspondientes a distintas áreas disciplinares. Por lo tanto, por un lado, definían su pertenencia laboral al equipo con el que abordaban situaciones de asistencia y tareas administrativas del legajo criminológico y al que comúnmente llamaban el grupo, pero también al área que se correspondía con su disciplina profesional, como forma de organizar las incumbencias específicas que se les asignaba a las distintas profesiones en la cárcel. Esta forma de organizar el trabajo estaba planteada en distintos documentos institucionales y se argumentaba bajo la noción de distribución de funciones operativas.5 De esa manera, había una división de tareas sostenida entre disciplinas como forma de validar un espacio propio de intervención para cada una de ellas.

En ese reparto, el “área de terapia ocupacional” tenía asignadas funciones vinculadas a los espacios ocupacionales y/o laborales; se vinculaba con los espacios de talleres de oficios que organizaba el IAPIP6 por medio de la coordinación con los maestros,7 también se vinculaba con organizaciones de afuera, que sostenían actividades en la cárcel como la pastoral, el Programa de Educación Universitaria en Prisiones y el Programa Nueva Oportunidad8 y eran las responsables de la elaboración del informe ocupacional que integraba el legajo criminológico de los detenidos. Además, todas las integrantes del área ocupacional participaban en la Comisión Evaluadora de Espacios Ocupacionales donde, junto a integrantes del Escalafón Cuerpo General, abordaban las asignaciones a espacios laborales u ocupacionales, sus cambios, bajas y funciones.

Por su parte, el “área de psicología” se responsabilizaba de la intervención en crisis subjetivas –sosteniendo guardias pasivas para atender a las mismas–, intervenía en casos de situaciones de “resguardo”9 donde identificaban que “la angustia y la ansiedad son muy altos” y trabajaban en clave de “amortiguar, contener, ante resultados de evaluación [de la progresividad de la pena], para entender cuáles fueron los criterios, de aceptar ciertas situaciones y otras veces tratar de contener situaciones que son injustas” (Entrevistada N° 3, EARS).

En cuanto al “área social”, sostenían guardias pasivas en coordinación con el área de psicología y describían a su trabajo como una tarea de “garantizar Derechos Humanos”; se dedicaban a las vinculaciones familiares –en casos de acercamientos y/o situaciones de enfermedad de un familiar– y trámites civiles –como reconocimiento de hijos/as y casamientos–.

Ahora bien, por otro lado, se encontraban las tareas que abordaban como grupo y estaban enfocadas en las entrevistas de ingreso, el armado del expediente de ingreso, es decir el legajo criminológico, el Programa de Promoción para la Reintegración Social y las tareas administrativas que se desprendían de estos procesos.

Todo este paquete de actividades se orientaba y planificaba en función de la progresividad de la pena y era el que se podía reconocer como generador de lo administrativo. En los momentos en que hacían referencia a ese tipo de tareas, las vinculaban con el rellenado de formularios y fichas preestablecidas por otros actores de la cárcel o por el OTC y las ubicaban en un lugar de aquello que no es propio de su función profesional marcando una distancia, ya sea porque consideraban que podría hacerlas cualquier otra persona sin una formación específica profesional o porque estaban en desacuerdo con el uso de esos elementos para abordar situaciones. Entre los argumentos esgrimidos, enunciaban que esas fichas y formularios “encorsetaban” la actividad profesional y no eran acordes a lo que emergía en la situación de entrevista de ingreso, ya sea porque no se detenía en la recopilación de información necesaria para la vida en la cárcel o porque no era un elemento que forme parte de un abordaje integral de la situación del detenido.

En la enunciación de estas perspectivas críticas sobre sus actividades reconocemos por un lado una crítica al para qué de la tarea, ya sea porque no acordaban con el fin que tendrá el uso de esa información –la cual va directo al circuito de informe de evaluación que hace el OTC– o porque no le encuentran un sentido propio en el marco del desempeño laboral que ellas realizaban. Ahora bien, consideramos que el punto neurálgico de esa mirada se situaba en el reciente desplazamiento de los EARS de distintos tipos de funciones y decisiones, pero en particular de la realización del Informe Técnico Criminológico, el cual había sido recientemente redireccionado bajo la responsabilidad del OTC y se reconstituye a tal fin. Por tanto, había una postura de rechazo hacia las funciones actuales y a la redefinición de sus tareas, aunque también al mismo tiempo una mirada de asimilación del nuevo esquema en algunas de las integrantes.

4.2. El grupo de trabajo y la interdisciplina

En dos de las entrevistadas, emergió la preocupación por la interdisciplina como perspectiva en el marco del grupo de trabajo, este era el espacio en el que había mayores condiciones para que emerja lo interdisciplinario, ya que era el espacio integrado por distintas disciplinas y su conformación tuvo en miras este objetivo.10 Ellas relacionaban su trabajo con una tarea interdisciplinaria. Una de ellas en particular, remarcaba el lugar central que tenía lo profesional en el informe técnico criminológico, al cual recuperaba como una práctica interdisciplinaria que les fue quitada. Sin embargo, en razón de los cambios en sus funciones, aparecía también como una orientación de trabajo que tuvo una fuerte presencia en el pasado y que actualmente tiende mucho más a desdibujarse que a sostenerse y/o fortalecerse.

y mucho más desde que se creó OTC, el trabajo interdisciplinario acá no existe, o sea lo que existe es una multidisciplina dentro de los EARS, entonces sí por ejemplo para armar un expediente sí lo armamos entre las tres, pero bueno, la terapista hace el desempeño ocupacional y entre la psicóloga y la trabajadora social vamos llenando los formularios, porque lo que pasa es que desde que se creó el OTC, nosotros dejamos de producir informes, entonces al dejar de producir informes, nuestro trabajó quedó solo en trabajo administrativo, entonces el laburo administrativo no te implica un laburo interdisciplinario. (Entrevistada N°2, EARS)

Por otro lado, en tres de las entrevistadas aparecía otorgado un lugar preponderante a la especificidad a la hora de la descripción de sus tareas, la cual se pensaba según cada profesión, separando las realizaciones de informes y las actividades según lo que se reconoce como típico de cada profesión, es decir que se dividían en relación a lo que se ubicaba como lo propio de cada ámbito profesional, estableciendo parcelas divisorias de acción alejándose de un abordaje integral articulado bajo vectores de intervención interdisciplinaria.

Cada uno tiene su propia especificidad y después, en todo lo que sean las entrevistas de ingreso, en lo que sea el trabajo administrativo, lo hacemos, si la terapista no puede lo hago yo, o lo hace ella o lo hacemos las dos juntas, pero hay cuestiones específicas de cada área. (Entrevistada N° 4, EARS)

Pero además de ello, en este planteo aparecía una relación que vinculaba estas tareas relacionadas a la especificidad como el lugar de lo profesional, a la hora de describir su desempeño laboral, jerarquizando de esa manera las tareas relacionadas a ello. Aquí ya no había menciones que se vincularan con una tarea de tipo interdisciplinar e incluso las que en el pasado se relacionaban a un trabajo conjunto ahora eran vistas como una carga administrativa.

Otra de las cuestiones vinculadas a la interdisciplina se relacionaba con la posición de la Coordinación General de los grupos de trabajo de los EARS en la cárcel, pudiendo reconocerse como un rol obturador o habilitante de este tipo de prácticas de acuerdo a las variaciones del contexto político institucional. Aparecía como un lugar de relevancia para las integrantes de los equipos, que variaba de acuerdo de la personalidad de quién esté a cargo y permitía un funcionamiento en un clima de armonía, garantizar la organización del trabajo de los equipos, facilitar un ámbito de debate, posibilitar el acceso a capacitaciones, discutir colectivamente los criterios de trabajo u obstaculizar reuniones y la comunicación grupal, así como fortalecer un ámbito más autoritario donde la sanción se instala como freno a la discusión.

En términos generales, se reconoce el período en el que se enmarcaba el trabajo de campo como un momento en las que las funciones de la coordinación fortalecieron prácticas horizontales, de trabajo colectivo en equipo y con abordajes interdisciplinarios, pero también estaban presentes como parte de un pasado reciente, situaciones de conflictos que favorecieron la fragmentación y desencuentros en el equipo, en los que se ubicaba una aproximación entre las prácticas de la Coordinadora y las del Cuerpo General –por aplicación de sanciones, traslados arbitrarios, obstaculización de reuniones de equipo, ocultamiento de información, etc.–. En la mirada sobre esas instancias se puede observar que se actualiza la mirada de la diferenciación y distancia entre el sector profesional y el de seguridad, lo cual forma parte del carácter propio de estos grupos (Narciso, 2017; Varela, 2019; Kalinsky, 2008; Mouzo, 2010; Ojeda, 2013; Arce, 2018). Pero también la inserción “subterránea” de prácticas autoritarias y sancionatorias.

Al momento del trabajo de campo esa función era sostenida por una Terapista Ocupacional,11 quien promovía, en la voz de las entrevistadas, un buen ambiente de trabajo. La coordinadora era quien establecía los vínculos con el OTC y con el director de la UP 2. En ese sentido, es importante considerar esa función en un lugar clave, ya que, bajo cierto cúmulo de condiciones, puede pensarse como una tarea que puede habilitar prácticas indispensables para el ejercicio profesional de abordajes integrales en la complejidad. Como señala Stolkiner, “La coordinación de un equipo interdisciplinario es una función decisiva, debe poder situarse como facilitador y generador de los dispositivos necesarios para la producción del marco común entre disciplinas” (1999, p. 3). De la misma manera lo señalaban las entrevistadas, la coordinación tiene un lugar central para ellas.

Ahora bien, otro elemento relevante se relaciona con los aportes de Follari (2013), respecto de resaltar la necesidad de integraciones y del debate sobre el lugar de distintos saberes en el encuentro con lo interdisciplinar; ello abre un interrogante clave: ¿es posible la interdisciplina en escenarios donde los supuestos de trabajos de distintos sectores se contraponen en sus perspectivas al punto de negarse entre sí? Si miramos el contexto de encierro en la cárcel de varones de Santa Fe, la integración de trabajo cotidiano de las profesionales se da con áreas que otorgan mayor prevalencia a nociones de seguridad que cargan con una mirada restrictiva del ejercicio de derechos. En ese sentido, la construcción del criterio organizativo de mayor peso es “la seguridad”, la cual aparece entendida a modo de evitar enfrentamientos, peleas y/o desórdenes en los pabellones. Esta visión de la seguridad era un aspecto central del discurso interno de la cárcel, que muchas veces permea las visiones de los y las profesionales en el ámbito penitenciario (Porporato, 2014).

Tal discurso de prevalencia de la seguridad se ubicaba como obstáculo a la construcción de ciudadanía y ejercicio de derechos y tenía un mayor peso a la hora de decisión de las intervenciones, en particular considerando la composición organizativa, que reflejaba un esquema verticalista, con jerarquías que no pueden ser discutidas y que no habilitaban a una base de “intercambio y cooperación” entre actores –elementos básicos e imprescindibles para abordajes interdisciplinarios–. Así, aparece un contrapunto esencial de la intervención profesional dado por la dinámica de organización institucional.

Puede observarse a los EARS en un vértice de convergencia y tensión entre: las tareas administrativas que tienen que cumplir para sostener el inicio del régimen de progresividad, las demandas y condiciones de los sujetos en situación de encierro y las condiciones institucionales que las coloca en posiciones desventajosas para su desempeño profesional.

Hasta acá pudimos ver que hay un desvanecimiento de la interdisciplina remarcados como una deriva del presente y en contraste con un pasado reciente que se relaciona al contexto de reforma penitenciaria. A partir de ello, se observa, por un lado, un retorno a la visión correccional en lo discursivo, como ideal, a partir de la importancia dada a la especificidad profesional, la cual se traduce en una división de funciones disciplinares organizadas en torno a la progresividad. Sin embargo, este esquema en su práctica parece pretender poco sobre la transformación y/o corrección del individuo, por lo que las expectativas de las integrantes sobre las posibilidades de reintegración son redirigidas en torno a la atención de situaciones que son atravesadas en el encierro.

5. La intervención social en la cárcel de varones de la ciudad de Santa Fe

La cárcel de varones, aparecía como un contexto institucional atravesado particularmente por las manifestaciones de la cuestión social, donde las entrevistadas construían una lectura propia respecto de, en términos de Matus (2003), aquello de lo que se trataba la “intervención en lo social”. Entre las distintas características que hacían a la intervención social en la cárcel, se encontraban, por un lado, aquellos elementos que se relacionaban con reglas y valores culturales fuertemente arraigados en la institución de encierro y aquellos que se vinculaban con las biografías de las personas detenidas, por el otro.

En ese sentido, las entrevistadas describieron al escenario social, como un momento epocal de desentendimiento y desinterés social sobre la vida en las cárceles, por una gran falta de recursos, por la baja cantidad de actividades culturales, educativas y laborales que tenía la cárcel, por las obstaculizaciones a las iniciativas de las profesionales, en una dinámica institucional “aquietante, paralizante”, con un proceso de aumento de la centralización jerárquica de las decisiones, con retrasos en el circuito burocrático de progresividad de la pena –que generaba mayores niveles de angustia y ansiedad en el penal–, en vistas de un empeoramiento de posibilidades de la inserción social en el “afuera”, con casi nulas políticas postpenitenciarias y entendiendo que la cárcel era una institución que “está llena de pobres” e intervenía directamente sobre las manifestaciones de la cuestión social de forma represiva.

A su vez, esto se ubicaba desde el reconocimiento de que las cárceles “no rehabilitan a nadie” y solo sirven para “mantenerlos encerrados”. Lo cual se sumaba a la descripción de un contexto social punitivo acompañado de políticas que fortalecían el encierro como respuesta al delito, estableciendo penas cada vez más largas y más restrictivas de las libertades. Además de ello, también aparecía la descripción del consumo problemático de sustancias como una emergente entre los detenidos y una gran cantidad de esfuerzos de las áreas de seguridad destinados a mantener los pabellones exentos de conflictos y trabajar sobre la convivencia interna.

Ante la reflexión sobre sus intervenciones, surgía una mirada que añoraba las posibilidades y los abordajes que ubicaban en un pasado reciente, así lo afirmaba una de las entrevistadas:

nuestro trabajo es meramente administrativo, de ahí a que nosotros podamos darle alguna respuesta a los internos respecto de todas sus demandas, yo te digo que acá de eso no hacemos nada, porque ¿cuáles son las mayores demandas?, primero el acceso a las etapas de la progresividad, que no depende de nosotros y la segunda demanda es laboral y no hay trabajo, en síntesis, nosotros lo único que hacemos es recepcionar demandas y calmar a los internos. Lamentablemente nuestro trabajo se ha reducido a eso, antes uno podía hacer algún trabajo más serio, más a nivel familiar, la preparación para la salida transitoria, la preparación para la libertad, ver cuáles son las proyecciones laborales, ver si se podía coordinar con alguna organización de la sociedad civil o de algún otro tipo para procurar una posible inserción laboral del interno cuando salía en libertad, o sea se podía hacer algún tipo de articulación. (Entrevistada N°2)

Por lo tanto, se puede ver que en la descripción del escenario de la cárcel aparecían huellas de una orientación de intervención a pesar de la cárcel, en consonancia con la propuesta establecida en el Documento Básico del 2008 que establecía los lineamientos “Hacia una Política Penitenciaria Progresista”, ya que en el reconocimiento que hacen las profesionales de lo que aparece como situación problemática son cuestiones relacionadas a las privaciones que produce el encarcelamiento y ante ello, se interesaban por posibilitar el acceso a derechos de las personas en situación de encierro. Sin embargo, ello aparece como un pasado distinto a su situación actual, la cual se enmarca en intervenir para “calmar a los internos”, lo cual se posa sobre las características de una “cárcel-depósito” (Sozzo, 2007).

En esta delimitación de la intervención, podríamos mirar al equipo –en tanto integrantes del sector de profesionales– como quienes fueron los y las habilitantes de un nuevo discurso penitenciario, que sopesaba elementos vinculados a la reducción de daños y abandonaba los elementos de pronóstico sobre las personas privadas de su libertad. Reconocemos a esta como una de las marcas vigentes de un proceso en el que los y las profesionales fueron protagonistas de una propuesta de transformación de la cárcel, donde su pertenencia común significaba la construcción de un discurso de diferenciación con el cuerpo general y un conjunto de características propias que particularizaban la organización de su trabajo y la perspectiva de intervención en la unidad penitenciaria de varones.

6. Progresividad de la pena y evaluación: el tratamiento penitenciario del Organismo Técnico Criminológico

6.1. El circuito de la evaluación

Tal como se mencionó anteriormente, el Organismo Técnico Criminológico era el equipo encargado de la emisión de dictámenes e informes en relación al avance de etapas en el proceso de progresividad de la pena. Este equipo se organizaba en áreas disciplinares por las cuales dividía su trabajo en función de sus profesiones. En esa división se visibilizaba un carácter fragmentario de las tareas con una instancia final, centralizado en las subjefas de área y el director del equipo, a los fines de la elaboración del Informe Técnico Criminológico de las personas detenidas. A partir de lo recuperado en las entrevistas, elaboramos un gráfico representativo del proceso de evaluación conducido por el OTC.

El punto de inicio podría ubicarse en la situación de la persona detenida, informada en el Legajo Criminológico que realizaba el EARS y era enviado al OTC, donde comenzaba un proceso de construcción del Informe Técnico Criminológico. A partir de ahí tomaban intervenciones las distintas áreas que iban elaborando informes parciales, según cada caso. Estos informes eran realizados de forma individual por cada profesional y eran incorporados al legajo de la persona detenida.

Luego, en conformación de la Junta de Dictámenes, integrada por las Subjefas de cada área y el Director y Vicedirector del OTC, se construía el Informe Técnico Criminológico, a partir de los informes parciales y legajos criminológicos. Este, era el resultado de una opinión sobre la posibilidad de progresividad, la cual podía ser “favorable o desfavorable”; una vez realizado esto, era enviado al Consejo Correccional de cada Unidad Penitenciaria. Cuando el Consejo se constituía, también se expedía, en consonancia o disonancia del informe que recibía. En el caso de la UP 2, al momento de emitir su dictamen, contaba con la participación del vicedirector del OTC. El resultado de este circuito, era remitido al Juez de Ejecución Penal para los casos de avances en la progresividad que implicaban salidas y accesos a instancias de libertad fuera de la cárcel. Por último, la instancia judicial establecía específicamente la modificación en la situación del detenido.

Gráfico 1. Evaluación de la progresividad de la pena

Fuente: Elaboración propia.

El OTC aparecía descripto por sus integrantes como un espacio que tenía una dinámica de trabajo más acelerada en relación a los EARS y con una carga de responsabilidad mayor a la que sostenían anteriormente, ya que consideraban a la tarea era muy distinta; para ellas tenía otras dimensiones y requería de otro tipo de habilidades y despliegues en su trabajo. A ello se sumaba la relevancia otorgada por diversos/as actores a la construcción del informe técnico evaluativo, lo que se presentaba como una posición de mayor reconocimiento en relación a otras funciones profesionales en el Servicio Penitenciario.

En la visita realizada a la oficina del organismo, el Director informó que entre enero y septiembre de 2019, llevaban realizados 4000 informes, lo cual era presentado como un logro del equipo.12 Además de ello, las necesidades del OTC eran priorizadas en relación al EARS, ya que, en contextos de mayor demanda, varias profesionales habían sido destinadas al cumplimiento de funciones transitorias en detrimento del sostenimiento de las actividades de la unidad penitenciaria en la que estaban insertas. Sin embargo, ello no se traducía en una mejora de sus condiciones salariales, ya que no eran distintas de las que tenían cuando trabajaban en los EARS de las unidades, la remuneración era la misma y la carga horaria era mayor -una hora diaria más-.

Ahora bien, lo que se observaba es que variaba sustancialmente el contexto de trabajo: al estar por fuera de las unidades penitenciarias, alejadas del vínculo cotidiano con las y los detenidos y enmarcadas en relaciones laborales vinculadas a actores de la justicia penal, cambiaban las características de la percepción de su condición laboral. Este equipo se enmarcaba a sí mismo en una situación de distancia con los detenidos y sus objetivos respondían a las demandas normativas de la progresividad de la pena. Sus objetivos estaban determinados por el cumplimiento de los plazos previstos para el sistema de progresividad, por mejorar cuestiones organizativas para la realización de los informes y para mejorar la calidad de los mismos en coordinación con el Poder Judicial.

En las entrevistas realizadas al OTC no emergieron miradas críticas a la situación actual del encierro, ni a la condición desgastante de su trabajo, ni sobre la situación de las personas detenidas u otras cuestiones de índole institucional, tal como había surgido entre las integrantes de los EARS. Las integrantes del OTC, se encontraban mucho más posicionadas en torno a una mirada procesal de la situación del encierro y mencionaban, en cuanto a sus prácticas, un escenario de mayores restricciones para las salidas y del avance en la progresividad. Esto era ubicado como un proceso individual en el cual las personas en situación de encierro eran responsables en términos personales del cumplimiento de las condiciones necesarias para el acceso a distintas etapas y por lo cual ellas evaluaban a fin de conocer si reunían los requisitos necesarios para el otorgamiento de las salidas.

Estas redefiniciones del circuito de evaluación constituían una distancia con la vida del individuo en la cárcel, lo que es lo mismo que una evaluación a la distancia de las condiciones personales de la vida en el encierro; por lo que, si bien las prácticas se enmarcaban en un discurso resocializador, ello no tenía un correlato con las pretensiones de transformar-reinsertar al sujeto, sino de dar cuenta de quienes reunían los criterios para las salidas y quienes no los reunían.

6.2. Los criterios de evaluación

En las entrevistas realizadas a las integrantes del OTC se indagó en torno a los criterios de evaluación para la elaboración de sus informes. Las subjefas del Área Social y del Área de Terapia Ocupacional ubicaron un proceso de construcción de criterios como área, los cuales también eran trabajados en coordinación con los jueces de ejecución penal como forma de mejorar la calidad de los informes. Apuntaban al objetivo de brindar una “descripción fotográfica” de la situación del detenido para la evaluación judicial. (Entrevistada N°8, OTC).

Lo mismo, surgía desde el Área de Psicología, donde desarrollaban ateneos internos para construir una forma de trabajo común y designaron a una referente para la participación en las audiencias judiciales ya que tenían una inserción reciente en estos espacios como parte del equipo.

Para avanzar en el sistema de progresividad, las profesionales enfocaban en que existían “indicadores favorables o desfavorables para evaluar la resocialización” (Entrevistada N°6, OTC), retomando de esa manera el discurso resocializador (Mouzo, 2014). Entre las distintas cuestiones que los y las profesionales evaluaban –a partir de considerarlos como indicadores–, se encontraban, por un lado, el tránsito institucional de las personas detenidas en la cárcel, es decir la evaluación de conducta;13 y, por otro lado, los “indicadores subjetivos del detenido”, los cuales referían a la reflexión o “implicancia subjetiva”, y a “dimensionar el delito” (Entrevistada N°6, OTC), es decir el “concepto”. Esta era una práctica marcada por la nueva organización de OTC y a partir del proceso de cambios en torno a la ejecución de la pena.

Las entrevistadas coincidían en que bajo los lineamientos del Documento Básico (2008), en el marco de los EARS, esta era una posibilidad restringida porque “no podías hablar del pasado ni del futuro del interno”. Resaltaban que “no podías contar la realidad, frente al delito cometido, nadie hablaba de eso” (Entrevistada N° 7, OTC), “porque es importante conocer ¿cuál es la posición del interno frente al delito cometido? si hay nociones de arrepentimiento, de autocrítica y son cuestiones que para un juez valorar son muy básicas” (Director en la Entrevista N° 7). Esta tarea es realizada por los y las psicólogas del equipo, por medio de entrevistas personales y plasmada en el informe parcial.

Además de ello, como parte de los criterios de evaluación y como indicador de la resocialización, consideraban al entorno familiar o vincular del detenido, bajo la afirmación de que “depende mucho del referente” y que se consideraba necesario un “referente sólido y comprometido” que pueda acompañar en el proceso. También afirmaban que los informes socioambientales “salen mal” porque “aparecen relatos de inocencia por parte de los referentes” –es decir de no reconocimiento del delito– o en casos de delitos sexuales a niños/niñas “no es favorable que se integre en un hogar donde haya menores de edad” (Entrevistada N° 6, OTC). Además, se consideraban las condiciones de las familias para materializar las salidas, en ese sentido, una Trabajadora Social afirmaba:

si yo hablo de que vive en una casa de chapa, interesa describirlo para brindar las condiciones socioambientales que vive esa persona, que si usa una manguera para tener agua hace un uso clandestino, si yo pienso que la persona que está detenida se va a incorporar a este núcleo familiar es ¿cómo se va a incorporar? (Entrevistada N° 8, OTC)

Esto, es volcado en el legajo criminológico por las trabajadoras sociales por medio de informes socioambientales y se integra como informe parcial. Por su parte, las Terapistas Ocupacionales intervenían en algunos pocos casos en los que los detenidos tenían capacitaciones o trabajos en instancias de semilibertad, lo que incluían en su informe parcial respecto del desempeño ocupacional del detenido.

Lo que podemos resaltar de la explicación de este proceso es que, en la descripción de los criterios del circuito de progresividad se puede ver que las condiciones que se constituyen como indicadores de la evaluación, aparecen como un conjunto de elementos que las personas detenidas deben cumplir y conseguir a modo de responsabilidad individual. Pero también es central reconocer que la importancia del informe lo realizaban en miras de la opinión judicial y no como parte de una estrategia de acceso a derechos de los detenidos, por lo que invierte el esquema de acción de lo que los y las profesionales venían sosteniendo en el marco de los EARS.

Otro punto que contrasta con la perspectiva de análisis de esta investigación es la fuerte división de tareas fundada en un recorte profesional sin una instancia que permita la articulación de esas miradas en pos de los derechos de las personas detenidas sino solo en miras a la situación judicial evaluativa.

En las condiciones actuales el régimen de progresividad, más que pretender organizar un tránsito por la cárcel con un tratamiento penitenciario que permitiría el avance de una etapa a la siguiente hacia la libertad del sujeto, aparecía como una serie de circunstancias personales a demostrar en múltiples instancias que pretendían certificar que la persona podrá reinsertarse, y presentándose como una posibilidad que puede no ser posible durante la ejecución de la pena, basándose en una visión de peligrosidad del sujeto y estableciendo valoraciones sobre el futuro de la persona.

7. Reflexiones finales

Durante el trabajo de campo, pudieron reconocerse distintos puntos de tensión en el trabajo de los equipos estudiados, los que nos permitieron acceder a los debates presentes sobre el devenir del “tratamiento penitenciario” en la UP 2 así como a realizar una aproximación al sentido atribuido al encierro en las cárceles santafesinas.

Así también, pudimos observar que el escenario se encontraba atravesado por aquello que constituía nuestra premisa central de investigación, respecto de un gran impacto de la reforma penitenciaria en los discursos y prácticas de los equipos profesionales, así como también la vigencia de una serie de cambios que desarticulaban las prácticas instauradas por la reforma.

De acuerdo a esto, pudimos ver que el proceso de reforma impactó particularmente en este grupo, a partir de haber posibilitado un soporte teórico y práctico para la intervención. Sin embargo, la declinación de la misma, como legado de un proceso institucional que llevaba más de siete años al momento del período estudiado, se expresó en forma de críticas y adhesiones a un nuevo modelo de trabajo en el que se debatía en torno al lugar de la evaluación y del Informe Técnico Criminológico en el tratamiento penitenciario.

La recuperación de los recorridos profesionales nos permitió reconocer que todas las integrantes de los equipos habían atravesado experiencias diversas, aunque casi siempre en tareas referidas al tratamiento penitenciario. En sus recorridos aparecían distintas instituciones de encierro del centro de la provincia y en ellas habían atravesado este contexto de reformas y diversos cambios.

En cuanto al análisis sobre las configuraciones de las tareas y miradas de los Equipos de Acompañamiento para la Reintegración Social, por un lado vemos que se reafirmaba el discurso resocializador a partir de la búsqueda del establecimiento de una especificidad profesional, a la vez que enmarcaban diversas dificultades para el trabajo interdisciplinario de los equipos así como caracterizaban a la “intervención social” en la cárcel como una tarea complejizada a partir de distintas prácticas punitivas que han modificado el escenario de la cárcel que transitaban.

Sin embargo, también en la caracterización de lo que reconocemos como “intervención en lo social” se evidencia la particularidad de un nuevo discurso penitenciario distinto al resocializador como parte de un pasado reciente en la intervención de estos equipos, que traía elementos vinculados a la reducción de daños. Reconocemos a esta como una de las marcas que quedaban, de un proceso en el que los y las profesionales fueron protagonistas de una propuesta de transformación de la cárcel, donde su pertenencia común significaba la construcción de un discurso de diferenciación con el cuerpo general y un conjunto de características propias que particularizaban la organización de su trabajo y la perspectiva de intervención en la unidad penitenciaria de varones.

En cuanto al Organismo Técnico Criminológico, se pudo observar que si bien hay un circuito constituido en torno a la progresividad de la pena, con elementos del discurso resocializador, en las condiciones dadas, no había un conjunto de intervenciones que permitiría el avance de una etapa a la siguiente hacia la libertad del sujeto en tanto interés por modificar y/o transformar al individuo, sino que, aparecía la resocialización como una serie de circunstancias personales a demostrar en múltiples instancias que pretendían certificar que la persona podrá reinsertarse, y presentándose como una posibilidad que puede no ser posible durante la ejecución de la pena, basándose en una visión de peligrosidad del sujeto y estableciendo valoraciones sobre el futuro de la persona. Por tanto, si bien retomaban en cierto aspecto un proyecto resocializador, ello era solo en parte, ya que a la vez que el proceso de progresividad de la pena se basaba en una evaluación, esta se encontraba distanciada de la vida cotidiana del sujeto evaluado y se renunciaba a todo tipo de interés por la “corrección”.

A partir del análisis sobre las tareas de estos equipos pudimos reconocer un discurso institucional híbrido que en algunas áreas profesionales particularmente se apoyaba en el modelo resocializador, pero también reconocía las condiciones de una cárcel con una dinámica “aquietante, paralizante”, lo que se ha ubicado en distintos estudios como “cárcel depósito”. Además de ello, en el discurso de las profesionales, particularmente con mayor fuerza en quienes integraban el EARS, emergía un anhelo por una propuesta de discursos y prácticas que se vinculaba al contexto de reforma penitenciaria progresista y que promovía una intervención a pesar de la cárcel y como forma de reducir los daños que producía el encarcelamiento. Esta marca ocupaba un lugar de referencia central a la hora de reflexionar sobre sus intervenciones y sobre las actividades que desarrollaban en las cárceles.

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Fuentes

Entrevistada N° 1, Integrante del EARS (junio 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo.

Entrevistada N° 2, Integrante del EARS (septiembre 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo.

Entrevistada N° 3, Integrante del EARS (septiembre 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo

Entrevistada N° 4, Integrante del EARS (septiembre 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo.

Entrevistada N° 5, Integrante del EARS (septiembre 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo.

Entrevistada N° 6, Integrante del OTC (octubre 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo.

Entrevistada N° 7, Integrante del OTC (octubre 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo.

Entrevistada N° 8, Integrante del OTC (noviembre 2019). Por Florencia Zuzulich. Mimeo.


1 Licenciada en Trabajo Social, docente y maestranda en criminología en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de UNL, Pcia. de Santa Fe, Argentina. florzuzulich@gmail.com

2 La investigación desarrollada fue realizada en el marco de la tesina para la Licenciatura en Trabajo Social, UNL.

3 Se trata de la Dirección de la que dependen, orgánica y funcionalmente, diez unidades penales distribuidas en las ciudades de Santa Fe, Rosario, Coronda, Recreo, Piñeiro y Santa Felicia.

4 Aquí referenciaban el caso del cargo de Dirección del OTC y la Subdirección de Coordinación de Equipos Técnicos, el área que supervisa a todos los EARS de la provincia, que están presididos por integrantes del Escalafón Cuerpo General, a partir de un desplazamiento de los y las profesionales.

5 Resolución N°004/17, Guía para la actuación profesional de los Equipos de Acompañamiento para la Reintegración Social (2017) e Instrucciones de tramitación del régimen de progresividad (2017).

6 Instituto Autárquico de Industrias Penitenciarias (IAPIP), es un ente provincial que “desarrolla acciones estratégicas para la formación y el aprendizaje de oficios por parte de las personas alojadas en cada una de las seis unidades penitenciarias”. Ver: https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/122806/(subtema)/242589

7 Esta es la denominación de los responsables de los talleres del IAPIP.

8 El Programa Nueva Oportunidad fue una iniciativa de política social de la Provincia de Santa Fe que buscaba trabajar sobre la intersección entre marginación económica y social y diversas formas de violencia que experimentaban las y los jóvenes entre 15 y 30 años a través de un conjunto de intervenciones en las que participaban diversas agencias estatales y centralmente con organizaciones sociales con anclaje territorial.

9 Una de las profesionales nombra como “alojamiento de resguardo” a las celdas individuales que se encuentran en un espacio de aislamiento en la cárcel. Algunos de sus efectos han sido explorados por Sozzo y Ghiberto (2016) e implican un fuerte agravamiento de las condiciones de detención que se inscribe como elemento relevante en las relaciones de poder de la cárcel.

10 En el “Protocolo de Intervención Equipos de Acompañamiento para la Reintegración Social” del 2008 se mencionaba que: “No se buscará simplemente sumar las perspectivas que nacen de los diversos miembros en función de las distintas áreas profesionales a las que pertenecen sino que se pretende generar una verdadera integración entre las miradas diversas en la generación de un producto común” (2008, p. 14).

11 Aunque también había sido ejercido por otras disciplinas.

12 Esta información otorgada fue revisada por el personal administrativo durante mi presencia en la oficina del OTC de Santa Fe.

13 La Ley 24.660 diferencia entre conducta y concepto. Su art. 100 plantea: “El interno será calificado de acuerdo a su conducta. Se entenderá por conducta la observancia de las normas reglamentarias que rigen el orden, la disciplina y la convivencia dentro del establecimiento”. El siguiente dice: “El interno será calificado, asimismo, de acuerdo al concepto que merezca. Se entenderá por concepto la ponderación de su evolución personal de la que sea deducible su mayor o menor posibilidad de adecuada reinserción social”.